Liquidación por despido injustificado 2026: cuánto te toca
Tu liquidación estimada (bruto)
$72,384.66
Neto estimado después de ISR: $69,524.58
| Aguinaldo proporcionalart. 87 LFT · 15 días × 289/365 × $400.00 | $4,750.68 |
| Vacaciones no disfrutadasarts. 76 y 79 LFT · 14.14 días × $400.00 | $5,654.79 |
| Prima vacacionalart. 80 LFT · 25% × $5,654.79 | $1,413.70 |
| Prima de antigüedadart. 162 LFT · 12 días × 4.71 años × $400.00 | $22,592.88 |
| Indemnización constitucional (3 meses)arts. 48 y 50 fr. III LFT · 90 días × $421.92 (SDI) | $37,972.60 |
| Total bruto | $72,384.66 |
| Parte exenta de ISR | $57,722.50 |
| ISR estimado | − $2,860.07 |
| Neto estimado | $69,524.58 |
Cómo se calculó
- Antigüedad: 4 años cumplidos y 258 días (4.71 años).
- Salario diario: $400.00; salario diario integrado (SDI): $421.92.
- Vacaciones del año de servicio en curso: 20 días × 70.68 % del año = 14.14 días.
- Prima de antigüedad con salario de $400.00 (mínimo 1 y máximo 2 salarios mínimos de $315.04).
- Exenciones de ISR: aguinaldo hasta 30 UMA, prima vacacional hasta 15 UMA, pagos por separación hasta 90 UMA por año de servicio ($52,789.50); UMA de $117.31.
- Los 20 días por año (art. 50 fr. II) solo proceden si el patrón se niega a reinstalarte o si tú rescindes la relación por causa imputable al patrón. Puedes incluirlos en «Más opciones».
- Si demandas y ganas el juicio, también se pagan salarios vencidos (hasta 12 meses, más intereses; art. 48 LFT). No se incluyen aquí.
- Salario diario integrado calculado con prestaciones mínimas de ley: $421.92. Si tienes vales, bonos u otras prestaciones, tu SDI es mayor.
Si te despiden sin causa justificada, te corresponde: tres meses de salario integrado (arts. 48 y 50 LFT), prima de antigüedad de 12 días por año (art. 162) y tu finiquito. Los 20 días por año solo proceden si el patrón se niega a reinstalarte o si tú rescindes por falta del patrón. Simula tu caso arriba: es una calculadora de prestaciones por liquidación con las cifras de 2026.
Salario mínimo 2026: $315.04 diarios (frontera norte $440.87) UMA 2026: $117.31 Actualizado: 17 de octubre de 2026 Fuentes
¿Cuándo te corresponde la liquidación?
- Despido injustificado: tres meses de salario integrado, prima de antigüedad y finiquito.
- Despido sin aviso por escrito: el patrón debe entregarte un aviso con la causa y la fecha (art. 47); sin él, el despido se considera injustificado.
- Rescisión por culpa del patrón (art. 51: no te paga, te reduce el salario, hay hostigamiento, etc.): tres meses, 20 días por año y prima de antigüedad (art. 52).
- Despido justificado: no hay indemnización, pero sí finiquito y prima de antigüedad (art. 162).
- Renuncia: solo finiquito, más prima de antigüedad con 15 años o más (finiquito por renuncia).
Despido justificado vs. injustificado
El despido es justificado solo si hay una de las causas del art. 47 LFT, por ejemplo faltas de probidad u honradez, más de tres faltas de asistencia en 30 días sin permiso ni causa justificada, o presentarse a trabajar en estado de embriaguez. El patrón tiene que probar la causa y avisarte por escrito. Si no puede, el despido es injustificado y te toca la liquidación.
¿Cuánto me toca de liquidación? Tabla por años trabajados
Sueldo de $12,000 al mes ($400 diarios), despido injustificado el 16 de octubre de 2026, prestaciones mínimas de ley, aguinaldo de 2026 aún no pagado y vacaciones del último año ya disfrutadas.
| Antigüedad | Total bruto | Neto estimado | 3 meses | Prima de antigüedad | Con 20 días/año |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 año | $47,375.34 | $44,679.37 | $37,824.66 | $4,800.00 | $55,780.82 |
| 2 años | $52,224.66 | $49,979.00 | $37,873.97 | $9,600.00 | $69,057.53 |
| 3 años | $57,073.97 | $55,278.64 | $37,923.29 | $14,400.00 | $82,356.16 |
| 5 años | $66,772.60 | $64,809.30 | $38,021.92 | $24,000.00 | $109,019.18 |
| 8 años | $81,172.60 | $81,006.20 | $38,021.92 | $38,400.00 | $148,767.12 |
| 10 años | $90,821.92 | $90,655.52 | $38,071.23 | $48,000.00 | $175,424.66 |
| 15 años | $114,871.23 | $114,704.83 | $38,120.55 | $72,000.00 | $241,939.73 |
| 20 años | $138,920.55 | $138,754.15 | $38,169.86 | $96,000.00 | $308,564.38 |
Cómo calcular la liquidación paso a paso
- Salario diario: sueldo mensual ÷ 30.
- Salario diario integrado (SDI): salario diario × factor de integración (1.0493 el primer año con prestaciones mínimas). Calcúlalo con la calculadora de salario diario integrado.
- Indemnización de tres meses: 90 × SDI.
- Prima de antigüedad: 12 días × años de servicio × tu salario diario, con mínimo de $315.04 y máximo de $630.08 ($440.87 y $881.74 en la frontera norte). Detalle en prima de antigüedad.
- 20 días por año: 20 × años × SDI, solo en los casos de los arts. 49 y 52.
- Finiquito: suma aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales y los salarios pendientes.
- ISR: exentos 90 UMA por año de servicio ($10,557.90); el excedente, con el art. 95 LISR.
Ejemplo, 5 años con $12,000 al mes: tres meses = 90 × $422.47 = $38,021.92; prima de antigüedad = 12 × 5 × $400 = $24,000.00; con el finiquito, $66,772.60 brutos.
Salario base vs. salario integrado
Con los mismos datos, la indemnización de tres meses calculada con el salario base sería 90 × $400 = $36,000.00; con el SDI ($422.47, factor 1.0562) es $38,021.92. El art. 89 LFT ordena usar el salario integrado: algunas calculadoras, incluso oficiales, usan el base y dan cifras menores.
Reinstalación o indemnización: qué puedes reclamar
Ante un despido injustificado puedes pedir una de dos cosas (art. 48 LFT): la reinstalación en tu puesto o la indemnización de tres meses. En ambos casos, si ganas el juicio, te pagan salarios caídos (vencidos) hasta por 12 meses.
El patrón puede negarse a reinstalarte pagando además 20 días por año (arts. 49 y 50) si tenías menos de un año, si eras trabajador de confianza, del hogar o eventual, o si el tribunal considera imposible la relación por el trato directo con el patrón.
Diferencia entre finiquito y liquidación
El finiquito es lo que ya ganaste y se paga en cualquier salida. La liquidación es la indemnización por despido injustificado y se suma al finiquito. Comparativa por motivo en la calculadora de finiquito y liquidación.
Qué incluye la liquidación
- Indemnización constitucional: 90 días de salario diario integrado (art. 123, apartado A, fr. XXII de la Constitución; arts. 48 y 50 fr. III LFT).
- Prima de antigüedad: 12 días por año trabajado, con salario de al menos 1 y como máximo 2 salarios mínimos. En 2026 el tope es de $630.08 diarios ($881.74 en la frontera norte).
- 20 días por año: con salario integrado, solo si el patrón no reinstala (art. 49) o en rescisión por el trabajador (art. 52).
- Finiquito: aguinaldo proporcional, vacaciones no disfrutadas, prima vacacional y salarios pendientes.
- Salarios vencidos (salarios caídos): si demandas y ganas, el patrón paga los salarios desde el despido, hasta por 12 meses, más intereses del 2 % mensual sobre 15 meses de salario si el juicio se alarga (art. 48). No se incluyen en la calculadora porque dependen del juicio.
Qué hacer si te despiden
- Pide el despido por escrito. El patrón debe entregarte un aviso con la causa y la fecha (art. 47). Sin aviso, el despido se presume injustificado.
- No firmes una renuncia ni documentos en blanco.
- Calcula lo que te corresponde y guarda tus recibos de nómina, contrato y altas del IMSS.
- Acude al Centro de Conciliación Laboral dentro de los 2 meses siguientes. La PROFEDET (800 911 7877) te asesora gratis.
Qué necesitas para calcular tu liquidación
- Fecha de ingreso y fecha del despido.
- Salario bruto y, si lo tienes, el SDI de tu recibo de nómina o de tu historial del IMSS.
- Días trabajados sin pagar y vacaciones de años anteriores que no tomaste.
- El aviso de despido, si te lo dieron.
Errores frecuentes en otras calculadoras
- Sumar siempre los 20 días por año.
- Usar 6 días de vacaciones en el primer año (desde 2023 son 12).
- Topar la prima de antigüedad con salarios mínimos viejos: en 2026 el tope es $630.08.
- Decir que la indemnización está exenta hasta «90 salarios mínimos»: son 90 UMA por cada año de servicio.
- Mandarte a la Junta de Conciliación y Arbitraje: hoy primero se va al Centro de Conciliación Laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde de liquidación si trabajé 5 años?
Con un sueldo de $12,000 al mes y despido injustificado tras 5 años: $38,021.92 de indemnización de tres meses, $24,000.00 de prima de antigüedad y el finiquito. En total, unos $66,772.60 brutos ($64,809.30 netos). Si además procede la indemnización de 20 días por año, $109,019.18. La tabla de arriba muestra otros casos.
¿Me corresponden los 20 días por año?
Solo en dos casos: cuando el patrón se niega a reinstalarte después de que lo pediste (art. 49 LFT) y cuando tú terminas la relación laboral por una falta grave del patrón (rescisión, arts. 51 y 52). Si en un despido injustificado reclamas la indemnización y no la reinstalación, la ley no prevé los 20 días: la fr. II del art. 50 remite a esos dos casos.
¿Qué es el salario diario integrado y por qué importa?
Es tu salario diario más la parte diaria de tus prestaciones: aguinaldo, prima vacacional, vales, bonos fijos (art. 84 LFT). La indemnización de 3 meses y los 20 días se pagan con este salario, así que es mayor que con el salario base. Con prestaciones mínimas de ley el factor es de 1.0493 el primer año; viene en tu recibo de nómina o en tu historial del IMSS. Algunas calculadoras, incluso oficiales, usan el salario base para la indemnización y por eso dan cifras menores.
¿La liquidación paga ISR?
La indemnización y la prima de antigüedad están exentas hasta 90 UMA por cada año de servicio: $10,557.90 por año desde febrero de 2026 ($10,182.60 si te despidieron en enero). Una fracción de más de seis meses cuenta como año completo (art. 93 fr. XIII LISR). El excedente paga Impuesto Sobre la Renta con la tasa efectiva de tu último sueldo mensual (art. 95 LISR). El aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional del finiquito tributan aparte.
¿Qué son los salarios caídos?
Es otro nombre de los salarios vencidos: los sueldos que dejaste de cobrar desde el despido hasta que termina el juicio, si demandas y ganas. La ley los limita a 12 meses; si el juicio sigue, se pagan intereses del 2 % mensual sobre 15 meses de salario (art. 48 LFT).
¿Me toca liquidación si renuncio?
No. Al renunciar solo te toca el finiquito y, con 15 años de servicio o más, la prima de antigüedad. Calcúlalo en finiquito por renuncia voluntaria.
¿Cuánto tiempo tengo para cobrar la prima de antigüedad?
Un año desde que termina la relación de trabajo, como el resto de las prestaciones (art. 516 LFT). Para reclamar el despido en sí, el plazo es de dos meses (art. 518).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?
Dos meses a partir del día siguiente al despido (art. 518 LFT). Antes de demandar tienes que solicitar la conciliación en el Centro de Conciliación Laboral; al presentar la solicitud, el plazo deja de correr. La PROFEDET te asesora y puede representarte gratis.
¿Me pueden obligar a firmar mi renuncia?
No. Si te piden firmar una renuncia voluntaria para no pagarte la liquidación, no la firmes: con la renuncia pierdes la indemnización de 3 meses y la prima de antigüedad (si tienes menos de 15 años). Tampoco firmes hojas en blanco. Si ya firmaste bajo presión, consulta a la PROFEDET.
Fuentes
- Constitución Política, art. 123, apartado A, fr. XXII.
- Ley Federal del Trabajo, arts. 47 a 52, 84, 89, 162, 485, 486, 516 y 518 — Cámara de Diputados.
- Ley del ISR, arts. 93 fr. XIII, 95 y 96. Parámetros en parámetros 2026.